¿Cómo actúa un procurador?

Puede ser, que hayas llegado hasta aquí porque no sepas muy bien por qué necesitas a un procurador y qué es lo que realmente hace. Por eso, hoy queremos hablarte de este perfil profesional en derecho para que sepas todo de ellos y conozcas los detalles. Tal vez, tengas que enfrentarte a un procedimiento judicial en que necesites a este profesional, o simplemente, te hayan hablado de él y quieras adquirir más conocimientos, sea como fuere, te contamos todo acerca de un procurador y de qué manera actúa para poder velar por tus intereses.
¿Qué es un procurador?
El procurador es un profesional considerado totalmente independiente que asume la representación técnica de quienes son parte en cualquier procedimiento judicial o penal. Podrás contratar por tu cuenta a este profesional o en algunos casos, lo escogerán por ti. Esta representación se acredita mediante un poder se realiza ante notario, para que pueda representar a su cliente. En cuanto a los deberes, funciones, y, atribuciones del procurador profesional, están todos sujetos y expresados en el Real Decreto 1281/2002.
Podemos decir que la principal diferencia entre un abogado y un procurador, ya que no son la misma figura, son que el primero se encarga de la defensa del cliente, mientras que el segundo respalda los trámites ante los tribunales.
¿Puede un procurador negarse a trabajar en mi caso?
La respuesta es que sí, puesto que:
- Puede revocar si lo expresa el afectado o cliente en cuestión.
- Puede haber una revocación tácita, por lo que se nombra a otro procurador.
- Él mismo puede decir que ese caso no quiere llevarlo ni trabajar en él, pero esto tiene un proceso un tanto más largo puesto que tiene que decirlo ante su poderdante y ante el tribunal. Hasta que la renuncia no llegue a su disposición final, tendrá que continuar con la representación del proceso y cliente.
- Puede ser que fallezca el cliente o el procurador.
- Termina el asunto judicial por el que se la ha encargado que trabaje.
¿En qué tipos de casos no es obligatorio contar con este profesional?
Los casos en los que no necesitarás obligatoriamente a un procurador, te los detallamos a continuación:
- Juicios verbales siempre y cuando cuya cuantía no exceda los 2000 euros.
- Petición inicial de procedimientos monitorios, es decir aquellos en los que se reclaman deudas en dinero por cualquier importe.
- Es un recurso en favor de los consumidores. No requiere abogado ni procurador.
- Juicios universales.
- Solicitud de medidas urgentes con anterioridad a un juicio.
- Actos de conciliación.
- Nombramiento de defensor judicial.
- Jurisdicción laboral.
Como todo profesional, deberá cumplir con sus deberes y obligaciones, regida por las leyes correspondientes. Por lo que si tienes más dudas o quieres contactar o contratar con un procurador para contarle tu caso, ya puedes hacerlo. Solo tienes que llamarnos o escribirnos y nuestro equipo estará dispuesto a aclararte todas las dudas en la mayor brevedad posible, eso sí, siempre sin ningún tipo de compromiso.
Deja una respuesta