¿Cuáles son los pasos para iniciar un divorcio?

La decisión de divorciarse puede ser difícil y dolorosa; pero una vez tomada, debemos tener claros todos los aspectos a los que nos vamos a enfrentar desde ese momento y saber cómo iniciar el proceso, ya sea de mutuo acuerdo (amistoso) o contencioso (sin acuerdo).
En cuanto a la complejidad de la tramitación y el coste, las diferencias son sustanciosas entre un divorcio de mutuo acuerdo y uno contencioso, por no hablar del tiempo que debemos invertir.
Normalmente, se recomienda el divorcio amistoso para minimizar estos aspectos; y también se recomienda contar con asesoramiento legal para no incurrir en errores de tramitación que alargarían el proceso.
Divorcio de mutuo acuerdo o amistoso:
Si nuestro divorcio va a ser amistoso, debemos negociar con nuestro cónyuge un acuerdo o convenio regulador que recoja determinados aspectos como, por ejemplo:
- Pensión de alimentos y pensión compensatoria
- Custodia y régimen de visitas de los hijos
- Utilización de la vivienda familiar
Si llegamos a un acuerdo con nuestro cónyuge, podemos iniciar los trámites de divorcio, que pueden realizarse ante un juez o ante notario.
Divorcio de mutuo acuerdo ante notario
Solo podemos acudir a un notario para divorciarnos si no tenemos hijos menores de edad y han transcurrido al menos tres meses del matrimonio.
En el notario otorgaremos escritura pública donde aparezca nuestra voluntad de disolver el matrimonio, así como el contenido del convenio regulador previamente acordado. Es obligatorio ir asistido por un abogado de familia.
Divorcio de mutuo acuerdo por vía judicial
Solo es necesario presentar una demanda de divorcio acompañada por el convenio regulador, y ratificarla luego en el juzgado correspondiente.
El juez revisará el convenio, para comprobar que no contiene medidas perjudiciales para los cónyuges ni para los hijos. Es obligatorio ir asesorando por un abogado y un procurador (que puede ser el mismo para ambos cónyuges).
Divorcio contencioso o sin acuerdo:
En este caso se llega a juicio, y la demanda judicial la presenta el cónyuge que desee el divorcio; por lo tanto, a falta de acuerdo, no hay convenio regulador. De cualquier forma, habrá que precisar las medidas que deseemos que decrete el juez sobre la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, las pensiones (alimenticia o compensatoria) y el uso de la vivienda familiar.
Tendrá que realizar los trámites un procurador y es obligatorio estar representado por un abogado; en ambos casos, uno distinto para cada cónyuge. Estos son los distintos pasos:
- Presentación de la demanda de divorcio con toda la documentación.
- Contestación de la demanda de divorcio por el otro cónyuge.
- Fijación de día y hora para la vista judicial.
- Celebración de la vista con los abogados; en caso de menores o incapaces, acude también el fiscal.
- Sentencia decretando el divorcio y las medidas estipuladas.
- Posibilidad de recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial.
- Inscripción de la sentencia en el Registro Civil; y en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si alguno de los cónyuges es empresario.
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