¿Es lo mismo un abogado y un procurador?

¿Es lo mismo un abogado y un procurador?

El abogado y el procurador son dos figuras clave en un proceso judicial. No obstante, sus funciones son diferentes, aunque continuamente son confundidas.

¿Quieres saber las diferencias y qué trabajo realiza cada uno?

Tener esta información es necesario para saber dónde acudir en cada momento cuando lo necesitemos.

Diferencias entre abogado y procurador

El abogado es el que presenta la defensa del cliente, mientras que el procurador es que lo representa. ¿Y no es lo mismo? No, para nada.

El procurador se encargará de presentar pruebas, escritos y otros documentos necesarios para el procedimiento.

Por tanto, se podría decir que el procurador es el intermediario entre el órgano judicial y el abogado de modo que se agilicen los trámites en los procedimientos judiciales.

Es obvio, que aunque las funciones de ambos son distintas, es necesario que entre los dos exista una buena y fluida comunicación. De esto dependerá el éxito en el proceso y el bienestar del cliente. Permitirá que no se pasen plazos ni términos, y de ese modo, trabajando hombro a hombro se consiga el mejor resultado.

El procurador deberá mantener al tanto siempre al abogado sobre las actuaciones llevadas en cada momento, como informal al tribunal de manera inmediata si hay alguna imposibilidad de cumplir con una actuación.

El avance de la tecnología y la llegada de Internet, ha facilitado en gran manera estas actuaciones, agilizando así los procesos.

¿Cómo representa un procurador al ciudadano?

Para que un procurador pueda cumplir con sus funciones, es necesario que tenga el consentimiento legal por parte del cliente. ¿Cómo se consigue esto?

Poder notarial

El poder notarial se hace en una notaría y se debe solicitar ‘el poder general para pleitos’. En este documento se debe identificar con nombre y apellidos al procurador, o procuradores, que vayan a llevar el caso.

Una diferencia entre abogados y procuradores es que los primeros pueden actuar donde quieran, mientras que los segundos tienen un territorio. Por tanto, hay que hablar con el abogado para solicitar la actuación del procurador en el juzgado al que vayas a acudir.

Apoderamiento

Esto se hace directamente en el juzgado o tribunal. Se presenta un documento acreditativo que se ha tenido que realizar junto con el primer escrito judicial. En el juzgado decano se presenta, aun cuando no sabemos qué juzgado llevará a cabo el procedimiento. Allí nos darán una hora en la que no dirán cuál será y así podremos entregarlo allí.

Si hubiera un recurso tras el fallo del tribunal, el poder notarial se extiende hasta esa nueva fase, lo que anularía cualquier requerimiento de otro documento. Sin embrago, con el apoderamiento, sí tendríamos que comparecer de nuevo, pues solo es válido para una instancia.

Ahora que ya tienes claro para qué sirve cada una de las funciones de un abogado y procurador, tienes seguro a dónde acudir en cada caso. Para cualquier duda o consulta, estamos a tu completa disposición, además de poner a tu servicio nuestros servicios de abogacía y procura. Nada mejor que contar con buenos profesionales en los momentos más complicados.

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