Los procuradores están colegiados

Los procuradores están colegiados

La colegiatura es uno de los pasos más importantes que debe hacer todo profesional cuando finaliza su carrera universitaria, porque el hecho de estar inscrito en su colegio profesional significará que es una persona ajustada a las leyes de la profesión que ejerce.

Una vez se tengan las credenciales académicas correspondientes, el siguiente paso es inscribirse en el colegio ante el cual deberá aportar requisitos básicos para emprender los pasos en esta interesante profesión.

Debe ser nacional español, o tener nacionalidad de algún país de la Comunidad Europea o estados integrantes del Acuerdo Económico del espacio Europeo. Hay que ser mayor de edad, con título de derecho y haber alcanzado el diploma de procurador que se expide con la venia del Ministerio de Justicia y es, por lo general, un grado académico superior de categoría máster.

Luego de reunir estos requisitos, se irá avanzando en el proceso hasta obtener la colegiatura que, sin dudas, es una paso muy importante para ejercer en cualquier lugar del territorio español.

Colegio de Procuradores

Al inscribirse es necesario constituir la fianza que se exige dentro de los estatutos del colegio. Después, la persona tiene que prestar un juramento solemne al cumplimiento de la Constitución, a todas las leyes y el ordenamiento jurídico vigente de España, frente a la Junta de Gobierno del Colegio a ante una autoridad especial designada para ello.

Al recibir o realizar este acto importante y cargado de mucha significación profesional, en el aspecto administrativo, el nuevo procurador tendrá que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, para así estar completamente listo a ejercer en su nueva profesión.

Los procuradores serán una figura importante en cualquier proceso judicial porque se encargan de la representación y defensa de los clientes, así como también de asistir a los abogados en todo lo concerniente al proceso administrativo que conlleva una actuación jurídica. También se encargan de llevar todos el aspecto arancelario de los casos, como parte de sus funciones directas.

Abstención del procurador

Los estatutos generales de la profesión dejan muy claro que hay razones éticas para que un profesional de esta área se abstenga de participar en un proceso. Y las mismas están ligadas a los vínculos o grados de consanguinidad que tenga el procurador con el juez, magistrado, secretario, oficiales, agentes auxiliares o judiciales, incluso un trabajador de un órgano público no deberá tener relación, siquiera, de afectividad, conyugal o de ascendiente, porque de darse cualquiera de estas razones, hay que separase del caso.

También, se destacan una serie de deberes que tiene que cumplir un procurador cuando trabaja en un proceso. Tiene que actuar con profesionalidad, ser leal a la persona y defender con honradez los intereses de aquellos a los que representa.

Una vez que recibe el poder para representar a su cliente, por cuestiones éticas deberá estar obligado a guardar secreto profesional durante y después de finalizado el proceso, para evitar una competencia desleal e ilícita, además de desfavorecer los intereses de su cliente.

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