¿Qué saber sobre la declaración de la renta?

La declaración de la renta es una obligación de todo ciudadano que perciba rentas por rendimientos de trabajo, pensiones de jubilación, pensión compensatoria, prestación por desempleo, rendimientos del capital inmobiliario, subvenciones por la adquisición de vivienda, ganancias patrimoniales, etc.
Ahora bien, existen exenciones del pago de la renta, y si nunca hemos tributado, quizás nuestras circunstancias han cambiado y por ello debemos estar bien informados para no incurrir en incumplimiento de obligaciones.
Veremos, por tanto, quien está obligado a declarar la renta, cómo podemos hacerla y algunas ventajas.
Este año, el 7 de abril se inicia el plazo de presentación por internet de la renta 2020, aceptando el borrador que la Agencia tributaria pone a disposición en su página. A partir del 6 de mayo se abre la opción de realizar la declaración por teléfono, podemos solicitar cita previa a partir del 4 de mayo y entre el 27 de mayo y el 29 de junio podemos solicitar cita para realizarla de manera presencial, que nos la darán a partir del 2 de junio. También está la opción de la app de la Agencia Tributaria en nuestro teléfono.
¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?
Todas aquellas personas cuyos ingresos brutos anuales superen los 22.000€, de un único pagador o que percibiendo ingresos por debajo de esa cifra, perciban rentas de dos o más pagadores, superando los 1.500€ brutos anuales. En este caso el límite para la exención del pago será de 14.000€.
¿Qué ventajas tenemos al hacer la declaración de la renta?
No pocas personas dejan de hacer la declaración de la renta pensando que así evitan la sorpresa de tener que pagar a hacienda, o piensan que al no llegar a las rentas exigidas para tributar no es necesario o simplemente no se molestan en hacer un trámite que piensan que es complicado. Sin embargo, al hacer esto están renunciando a su derecho de percibir las retenciones realizadas en sus salarios o beneficiarse de deducciones por las que podrían salir beneficiados.
Entre las deducciones aplicables, podemos destacar las autonómicas, que podrán variar en número dependiendo de cada Comunidad Autónoma, por lo general no vienen incluidas en el borrador por defecto y algunas comunidades ofrecen un número considerable de ellas, por lo que debemos revisar si alguna nos aplica ya que podrían suponer un gran ahorro y una ayuda, especialmente para las familias, tales como deducciones por discapacidad de hijos o ascendiente, por familia numerosa, por nacimiento, alquiler para menores de 35 años, etc. Debemos consultar antes de hacer la declaración de la renta cuáles serían aplicables en nuestro caso y según nuestra comunidad Autónoma.
Como vemos son muchos los factores a tener en cuenta, y aunque aceptar el borrador que proporciona la Agencia Tributaria es bastante sencillo, si tenemos dudas podemos optar por pedir cita previa para que nos ayuden a realizarla o buscar el asesoramiento de algún gestor que nos confeccione la renta para no olvidar ningún detalle que nos pueda beneficiar.
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